Esto, debido a que el inicio de las operaciones del Ministerio de Justicia depende completamente de la designación del incumbente que debe realizar el primer mandatario.
- El Poder Ejecutivo informó el pasado sábado sobre la promulgación de la ley que crea el Ministerio de Justicia, el cual asumirá las funciones administrativas del sistema judicial del país.
- El marco legislativo establece en el artículo 72 que su contenido entra en vigencia de manera inmediata, luego de que el Gobierno complete el procedimiento constitucional, etapa que precisamente se encuentra finalizada.
- Sin embargo, la pieza no le coloca al presidente Luis Abinader un plazo para que disponga el funcionamiento de esta entidad gubernamental. Esto debido a que el inicio de las operaciones del Ministerio de Justicia depende completamente de la designación del incumbente que debe realizar el primer mandatario.
- Según establece el artículo 66, el Gobierno tendrá un periodo de 12 meses “máximos” para habilitar la institución, junto a los organismos autónomos y descentralizados adscritos, después de que su gerente sea designado a través de un decreto presidencial.
- “Plazo para puesta en funcionamiento del Ministerio de Justicia. A partir de la designación del ministro de Justicia, se dispondrá de un plazo máximo de doce meses para la puesta en funcionamiento definitiva del Ministerio de Justicia y los organismos autónomos y descentralizados que les son adscritos”, ordena el artículo antes mencionado.
- Además, establece que el funcionario deberá desarrollar una “estrecha coordinación” con cada una de las instituciones de las cuales asume algún tipo de función. Estas son el Ministerio Público (MP), el Ministerio de Industria, Comercio y Mipymes, el Ministerio de Relaciones Exteriores, al igual que cualquier otra entidad de los poderes judiciales y ejecutivo del Estado.
- FUNCIONES
- Este nuevo ministerio asumirá la gestión de las operaciones penitenciarias en las 32 provincias del territorio nacional, auxiliaría a los tribunales y órganos de investigación con los trabajos científicos forenses, así como la administración del registro y certificación de los documentos oficiales, entre otras atribuciones.
- Con esto, el Ministerio Público podrá encargarse “únicamente” de las políticas de persecución criminal.
- Mientras que, sobre los fondos económicos de gestión y el personal, la ley ordena al funcionario comunicarse con el Ministerio de Administración Pública (MAP), la Dirección General de Presupuesto y la Dirección General de Bienes Nacionales para la asignación y traspaso de los activos que le correspondan.
- REGLAMENTOS
- El artículo 68 de la ley le establece al presidente Luis Abinader las siguientes fechas con las que debe cumplir para elaborar los reglamentos y las normativas:
- – Un plazo máximo de seis meses, para la aprobación del reglamento general de aplicación de esta ley y el reglamento del Sistema Nacional de Derechos Humanos.
- – Un plazo máximo de ocho meses, para la aprobación de los reglamentos correspondientes a la Dirección General de Servicios Penitenciarios Correccionales y la Oficina del Abogado General de la Administración Pública.
Abinader asegura que el Ministerio de Justicia está en proceso de conformación
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- – Un plazo máximo de doce meses para la aprobación de cualquier otro reglamento que el Poder Ejecutivo entienda necesario para la efectiva aplicación de esta ley.
- CANTIDAD DE MINISTERIOS
- Con la decisión del Poder Legislativo de aprobar la iniciativa que proponía esta nueva instauración, el Gobierno eleva la lista de ministerios a una cantidad de 24, actualmente.
- No obstante, el presidente también logró la promulgación de la Ley 45-25, que fusiona al Ministerio de Hacienda con el de Economía, Planificación y Desarrollo para convertirlo en el Ministerio de Hacienda y Economía.
- La Presidencia pretende hacer lo mismo con el Ministerio de Educación y el Ministerio de Educación Superior, Ciencia y Tecnología (Mescyt), lo cual resultaría en una “reducción” del gabinete.