IMPORTANCIA DE LA PLANIFICACIÓN EN LA DIRECCIÓN DE UNA ALCALDÍA SEGÚN LA LEY 176-07 QUE RIGE LOS AYUNTAMIENTOS EN LA REPÚBLICA DOMINICANA.

ComoSucedio.com

Por Femitchell Corona
Loma de Cabrera, Dajabón, R.D.
La planificación es una herramienta esencial para la gestión eficiente y transparente de los gobiernos locales en la República Dominicana. En el marco legal establecido por la Ley 176-07 del Distrito Nacional y los Municipios, la planificación adquiere un rol protagónico en la dirección de las alcaldías, al establecer un marco normativo que obliga a los gobiernos locales a actuar con visión, organización y responsabilidad ante las necesidades de la población.

La Ley 176-07 establece en su Título IV, lo relativo al régimen de planificación, inversión y presupuesto, haciendo obligatorio para los ayuntamientos la formulación de un Plan de Desarrollo Municipal (PDM) y un Presupuesto Participativo Municipal (PPM). Estos instrumentos están diseñados para que la gestión municipal se base en diagnósticos reales, metas claras y prioridades definidas por la propia comunidad.

El artículo 3 de dicha ley establece que uno de los principios fundamentales de la administración municipal es la planificación estratégica, la cual permite organizar los recursos humanos, técnicos y financieros disponibles para alcanzar metas concretas en beneficio de la ciudadanía.

Beneficios de una planificación efectiva en la alcaldía

1.  Eficiencia en el uso de los recursos: Al tener una planificación adecuada, los fondos públicos se invierten con mayor impacto y menor riesgo de desperdicio, ya que cada proyecto responde a una necesidad previamente identificada.

2.  Transparencia y rendición de cuentas: La planificación obliga a documentar metas, indicadores y resultados, lo cual facilita a la población evaluar el desempeño de su gobierno local.

3.  Participación ciudadana: El Presupuesto Participativo Municipal, regulado por la Ley 176-07, promueve que las comunidades decidan en qué proyectos invertir, fortaleciendo la democracia desde lo local.

4.  Desarrollo sostenible: Un plan bien estructurado permite que el crecimiento del municipio sea equilibrado, considerando aspectos sociales, económicos y ambientales.

5.  Continuidad administrativa: La planificación garantiza que los proyectos no dependan únicamente de la voluntad política del alcalde de turno, sino que respondan a una visión compartida de desarrollo.

Retos y compromisos

Pese al mandato legal, muchos municipios aún enfrentan desafíos en la implementación efectiva de los mecanismos de planificación. La falta de personal capacitado, recursos limitados y escasa participación ciudadana son obstáculos comunes. No obstante, las alcaldías tienen el compromiso legal y moral de fortalecer su capacidad institucional para cumplir con la Ley 176-07.

La Dirección General de Presupuesto (DIGEPRES), la Liga Municipal Dominicana y otras entidades estatales han ofrecido herramientas y capacitaciones para que los ayuntamientos desarrollen sus planes estratégicos y presupuestos participativos, pero es necesario un mayor compromiso por parte de los gobiernos locales.

La planificación no es una opción, sino una obligación legal y una necesidad ética en la gestión municipal. La Ley 176-07 proporciona el marco normativo para que las alcaldías trabajen con orden, participación y visión de futuro. Solo a través de una planificación seria y participativa se puede lograr una gestión municipal que transforme la vida de los ciudadanos y promueva un desarrollo local inclusivo, equitativo y sostenible.

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