Algunos de estos días son movibles debido a Ley 139-97.
- El Ministerio de Trabajo anunció las fechas correspondientes a los días feriados del año 2026, dando cumplimiento a la Ley 139-97 que establece el traslado de los días festivos.
- La legislación otorga traslado para los lunes de los días feriados que coincidan con los martes, miércoles, jueves o viernes aplicados en todos los establecimientos del país.
- Por esto, los días feriados para el año 2026 se aplicarán de la manera siguiente:
- El jueves 1.º de enero, fecha de celebración de Año Nuevo, no se cambia.
- El martes 6 de enero, día de los Santos Reyes, se trabaja y el feriado se cambia para el lunes 05.
- El miércoles 21 de enero, día de Nuestra Señora de la Altagracia, no se cambia.
- El lunes 26 de enero, fecha en que se conmemora el natalicio de Juan Pablo Duarte, no se cambia.
- En tanto que el viernes 27 de febrero, Día de la Independencia Nacional, es inamovible.
- También es inamovible el viernes 3 de abril, Viernes Santo, festividad religiosa en que se conmemora la muerte de Jesucristo.
- Asimismo, el viernes primero de mayo, Día del Trabajo, se trabaja y el feriado se cambia para el lunes 04 de mayo.
- El jueves 04 de junio, día en que se celebra la festividad religiosa Corpus Christi, no se cambia.
- De igual forma, el domingo 16 de agosto, día de la Restauración de la República Dominicana, no se cambia.
- El jueves 24 de septiembre, día de Nuestra Señora de las Mercedes, no se cambia.
- En tanto que el viernes 06 de noviembre, Día de la Constitución, se trabaja y el feriado se cambia para el lunes 09 de noviembre.
- Viernes 25 de diciembre, día de Navidad o nacimiento de Jesús, no se cambia.

